Llantas y Neumáticos
La sustitución de neumáticos por otros de distintas características está contemplado en el Manual de Reformas del Ministerio de Industria con el código de reforma 4.5 «Sustitución de neumáticos por otros no equivalentes»
Quedan exentos de legalización los neumáticos que cumplan con los criterios de equivalencia:
–> Índice de capacidad de carga igual o superior.
–> Código de categoría de velocidad igual o superior.
–> Igual diámetro exterior con una tolerancia de + 3 %.
–> Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
La reforma es aplicable a toda clase de vehículos.
Las llantas, por otro lado, solamente es necesario legalizarlas cuando modifiquen las vías delantera y/o trasera del vehículo, está contemplado en el Manual de Reformas del Ministerio de Industria con el código de reforma 4.4 «Modificaciones o sustituciones en ruedas o instalación/desinstalación de separadores de ruedas que impliquen modificación del ancho de vía»
Los documentos necesarios para legalizar las llantas y neumáticos son:
CERTIFICADO DE TALLER: La ejecución de la reforma debe estar certificada por un taller registrado. La redacción de este documento la realizan nuestros ingenieros para asegurar que cumple todos los requisitos del RD 866/2010.
INFORME DE CONFORMIDAD: Lo emite un laboratorio de homologaciones acreditado por ENAC. Este documento está incluido en todos los procesos de reforma en cumplimiento de la normativa vigente.
Separadores y Aletines
La instalación de separadores, siempre se considera reforma, está contemplado en el Manual de Reformas del Ministerio de Industria con el código de reforma 4.4 «Modificaciones o sustituciones en ruedas o instalación/desinstalación de separadores de ruedas que impliquen modificación del ancho de vía», puede necesitar proyecto técnico o no dependiendo de las vías finales:
–> Para modificaciones >60mm en turismos.
–> Para modificaciones >120mm en todoterrenos.
La reforma es aplicable a toda clase de vehículos.
Por otra parte, se debe cumplir que la proyección vertical del neumático quede cubierta en su totalidad por la carrocería del vehículo, en caso de no cumplirse, se suele optar por la instalación de aletines rígidos o de goma. Estos se consideran reformas y está contemplado en el Manual de Reformas del Ministerio de Industria con el código de reforma 8.52 «Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo».
La reforma es aplicable a toda clase de vehículos.
Los documentos necesarios son:
PROYECTO TÉCNICO: Debe estár realizado por un ingeniero especializado en reformas de vehículos, para más información, puede consultar con cualquiera de nuestros ingenieros a través del email: info@homologaciones-itv.com
CERTIFICADO DE TALLER: La ejecución de la reforma debe estar certificada por un taller registrado. La redacción de este documento la realizan nuestros ingenieros para asegurar que cumple todos los requisitos del RD 866/2010.
CERTIFICADO FINAL DE OBRA: Se emite una vez certificada la reforma en el taller, lo emite normalmente el mismo ingeniero que el proyecto técnico.
INFORME DE CONFORMIDAD: Lo emite un laboratorio de homologaciones acreditado por ENAC. Este documento está incluido en todos los procesos de reforma en cumplimiento de la normativa vigente.